Quito (Pichincha).- Mediante Decreto Ejecutivo Nº. 181 el Presidente de
la República, Rafael Correa, dispuso la creación de la empresa pública
de Fármacos ENFARMA EP, con domicilio principal en el cantón Quito.
El
objetivo principal de ENFARMA comprende la investigación y desarrollo
de principios activos para la elaboración de medicamentos o fármacos de
uso humano, veterinario y agroforestal; la producción de medicamentos y
fármacos genéricos o de marca registrada o patentada en general.
Así
como la comercialización, importación, exportación, envasado,
etiquetado, distribución e intermediación de medicinas, fármacos e
insumos químicos tanto genéricos como de marca registrada o patentada,
de uso humano, veterinario, agroforestal y vegetal.
El Decreto
también señala que la empresa se encargará del desarrollo de
investigaciones científicas, programas experimentales y mejoramiento
tecnológico en materia farmacéutica y la elaboración de programas
generales de promoción y difusión del uso de medicamentos genéricos y
otros fármacos.
Además, de la participación con inversión de
capital o bienes en la investigación y desarrollo de nuevos principios
activos de uso humano, veterinario, agroforestal y vegetal que se
realicen en asociación con otras empresas nacionales o extranjeras,
públicas o privadas.
Para llevar adelante este proceso la
empresa pública podrá celebrar todos los actos y contratos civiles,
mercantiles, laborales y de cualquier otra naturaleza que sean
permitidos por las leyes ecuatorianas o que directa o indirectamente se
relacionen con su objetivo.
El patrimonio inicial de ENFARMA se
encuentra constituido por los recursos constantes en la partida
presupuestaria Nº. 025-0000-000-020-00-001-730601-000-001 denominada
“Consultoría, Asesoría e Investigación Especializada” $295.514 y de la
partida 025-0000-000-020-00-001-530605-000-001 denominada “Estudio y
Diseño de Proyectos “4.486, del Ministerio de Coordinación de la
Política Económica.
De igual manera se señala que el Directorio
estará constituido por el Ministro de Industrias y Productividad o su
delegado, el Secretario Nacional de Planificación o su delegado y el
Ministerio Coordinador de la Política Económica o su delegado, que lo
integrará en representación del Presidente de la República.
En
el Decreto se estable que el Ministerio de Finanzas efectuará las
asignaciones presupuestarias que se requiera para el funcionamiento y
gestión de la empresa pública. GAV/Prensa Presidencial






